Por corrupción condenan al exgobernador del Putumayo

La justicia colombiana acaba de tomar una decisión contundente contra un exmandatario regional. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del Putumayo, Felipe Alfonso Guzmán Mendoza, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y prevaricato por acción, en un caso que gira alrededor de la compra de juguetes para niños de escasos recursos en ese departamento.

Tal como lo recordó la Corte Suprema de Justicia, los hechos que motivaron el fallo se remontan al año 2008, cuando Guzmán Mendoza intervino directamente en la firma de dos convenios de cooperación por más de 470 millones de pesos, destinados a la fabricación de artículos lúdicos y didácticos.

Sin embargo, según estableció la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte, esos contratos fueron direccionados a dos fundaciones que no tenían la experiencia ni el objeto social para cumplir con esa labor.

Fundaciones habrían sido utilizadas como una especie de fachada

De acuerdo con la investigación, revelada por la misma Corte, estas fundaciones habrían sido utilizadas como una especie de fachada para ejecutar los recursos, lo que representó una vulneración directa a los principios de la contratación pública.

Pero eso no fue todo; sumado a lo ya expuesto, el alto tribunal también encontró que el entonces gobernador modificó el presupuesto del departamento mediante un decreto, para destinar recursos que tenían una finalidad específica, relacionados con obligaciones pensionales, hacia actividades decembrinas y la compra de juguetes, algo que iba en contravía de la Constitución y la ley.

Desprecio por la función pública y manipulación de normas para favorecer a particulares

En su fallo, la Corte fue especialmente dura al calificar el comportamiento del exgobernador, señalando que evidenció un desprecio por la función pública y una manipulación de las normas para favorecer intereses particulares.

Como resultado, Guzmán Mendoza fue condenado a una pena de 110 meses y 22 días de prisión, además de una inhabilitación para ejercer cargos públicos por más de 10 años y una multa equivalente a 375 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos.

Niegan prisión domiciliaria o suspensión de la pena

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia también explicó que se negó cualquier beneficio como la prisión domiciliaria o la suspensión de la pena, por lo que ordenó su captura inmediata.

En ese sentido y según lo informó la Corte, esa orden ya fue ejecutada, y el exmandatario deberá cumplir su condena en un centro carcelario que será definido por el Inpec.

En la misma decisión, la Corte absolvió al exgobernador encargado Camilo Augusto Otaya Díaz, al considerar que no hubo pruebas suficientes para demostrar que actuó con dolo o responsabilidad penal en estos hechos.

Este caso vuelve a poner sobre la mesa los riesgos de la contratación irregular en las regiones y el uso indebido de recursos públicos, incluso en programas que estaban dirigidos a beneficiar a la población más vulnerable, como los niños.

Un fallo que no solo deja una condena judicial, sino también un mensaje claro sobre los límites del poder y la responsabilidad en el manejo de los dineros públicos.

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