
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0626 del 19 de junio de 2026, mediante el cual ordenó la liquidación del Ministerio de Igualdad y Equidad. La decisión se adoptó tras la pérdida de vigencia de la ley que creó esa cartera, luego de la sentencia C-161 de 2024 de la Corte Constitucional. Con la entrada en vigor de la medida, surgieron interrogantes sobre el futuro de los funcionarios vinculados a la entidad y las condiciones laborales durante el proceso.
De acuerdo con el decreto, el ministerio entrará en una etapa de liquidación que tendrá una duración inicial de un año, plazo que podrá ser prorrogado por el Gobierno nacional mediante un acto motivado. Durante ese periodo se adelantará el cierre administrativo de la entidad, la transferencia de funciones y la definición del destino de los bienes, obligaciones y archivos.
¿Qué dice el decreto sobre los trabajadores del Ministerio de la Igualdad?
Uno de los aspectos abordados por el decreto es la situación de los servidores públicos vinculados al Ministerio de la Igualdad. El texto establece que el liquidador deberá elaborar, dentro de los 30 días siguientes a su posesión, un programa de supresión de cargos.
Ese programa determinará qué funcionarios deberán permanecer para acompañar las actividades relacionadas con la liquidación de la entidad y cuáles cargos serán eliminados dentro del proceso.
El documento también señala que no podrán vincularse nuevos servidores públicos a la planta de personal mientras avance la liquidación. Asimismo, se prohíbe la celebración de pactos, convenciones o acuerdos colectivos que no estén relacionados con las actividades necesarias para el cierre institucional.
La norma precisa que la elaboración del programa de supresión de cargos deberá ajustarse a las disposiciones contenidas en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y las demás normas aplicables al empleo público.
Además, el decreto ordena tener en cuenta las garantías previstas para sujetos de especial protección constitucional y para las personas que se encuentren bajo el régimen de transición como prepensionados.
¿Cuándo terminarán los vínculos laborales de los funcionarios?
El decreto establece que la supresión de la planta de personal derivada de la liquidación dará lugar a la terminación del vínculo legal y reglamentario de los servidores públicos.
La medida se aplicará conforme a las disposiciones vigentes en materia de función pública y empleo estatal. El texto agrega que, al vencimiento del plazo de liquidación, quedarán automáticamente suprimidos los cargos que continúen vigentes y finalizarán las relaciones laborales de acuerdo con el régimen legal correspondiente.
En el caso de trabajadores con estabilidad laboral reforzada, la norma señala que deberán aplicarse las medidas de protección previstas en la Constitución, la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Sin embargo, el mismo decreto aclara que esa protección no tiene carácter absoluto frente a la supresión de cargos originada por la liquidación de la entidad, por lo que cada caso deberá analizarse bajo las reglas vigentes.
Otro de los puntos incluidos en la regulación corresponde al pago de las obligaciones laborales. El Gobierno dispuso que las acreencias derivadas de salarios, prestaciones y demás compromisos relacionados con el proceso de liquidación serán cubiertas con los recursos del Ministerio de Igualdad y Equidad en Liquidación.
En caso de que esos recursos no resulten suficientes para atender las obligaciones pendientes, la Nación asumirá el pago con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.
Preguntas relacionadas
¿Los trabajadores del Ministerio de la Igualdad perderán su empleo por la liquidación?
El decreto establece que se realizará un programa de supresión de cargos para definir qué funcionarios acompañarán el proceso de liquidación. Al finalizar ese proceso, los cargos restantes serán eliminados y los vínculos laborales terminarán conforme a la ley.
¿Habrá protección para los empleados con estabilidad laboral reforzada?
Sí. El decreto señala que las personas con estabilidad laboral reforzada deberán recibir las medidas de protección previstas en la Constitución, la ley y la jurisprudencia. Sin embargo, esa protección no impide de forma automática la supresión de cargos derivada de la liquidación.
¿Quién pagará las prestaciones y obligaciones laborales de los funcionarios?
Las acreencias laborales serán cubiertas con los recursos del Ministerio de Igualdad y Equidad en Liquidación. Si esos recursos no alcanzan para atender las obligaciones pendientes, la Nación asumirá los pagos con cargo al Presupuesto General de la Nación.













Deja una respuesta