
El Tribunal Superior de Bogotá negó una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional con la que buscaba que se emitiera un pronunciamiento frente a si Abelardo De La Espriella podía cumplir su rol como presidente por su doble nacionalidad estadounidense.
En su decisión los magistrados no acogieron la tutela instaurada por Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Los magistrados dejaron en claro que esta controversia no incumbe al juez constitucional por vía de tutela, sino a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, escenario natural para enjuiciar la legalidad de los actos de contenido electoral, como lo sería Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Además, indicaron que el Consejo Nacional Electoral ya se había pronunciado sobre esta petición y había negado la misma.
“En sala plena del 17 de junio pasado el Consejo Nacional Electoral resolvió las solicitudes de revocatoria de inscripción presentadas contra el aspirante, acumulando aquellas que versaban sobre la nacionalidad, la eventual doble o múltiple nacionalidad, el juramento de naturalización estadounidense, los supuestos conflictos de lealtad y la posible configuración de una causal de inhabilidad, y las negó al concluir que no se hallaba acreditada causal alguna de inelegibilidad o inhabilidad constitucionalmente prevista, por no resultar admisible una interpretación extensiva de las causales de inhabilidad”, indicó el Tribunal.
También dejó en claro que la propia Corte Constitucional, en la Sentencia C-151 señaló que “los colombianos por nacimiento no pierden el ejercicio de sus derechos políticos ni la posibilidad de ocupar cargos públicos por el hecho de adquirir otra nacionalidad”.
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