sanciones para jurados que se van antes

El próximo domingo 31 de mayo se realizarán las elecciones presidenciales 2026 en Colombia, una jornada en la que los ciudadanos definirán si el país elige presidente en primera vuelta o si los dos candidatos más votados deberán enfrentarse en una segunda vuelta prevista para junio.

En el tarjetón estarán Iván Cepeda, Claudia López, Santiago Botero, Abelardo De La Espriella, Mauricio Lizcano, Miguel Uribe, Sondra Macollins, Roy Barreras, Gustavo Matamoros, Paloma Valencia y Sergio Fajardo.

Para garantizar el desarrollo de la jornada electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil designó a miles de ciudadanos como jurados de votación, quienes tendrán la responsabilidad de instalar las mesas, verificar el proceso y realizar el conteo de votos al finalizar el día.

Jurados de votación en Colombia y su papel en las elecciones

La selección de los jurados de votación está regulada por el Decreto Ley 2241 de 1986 y busca que las mesas estén integradas por ciudadanos de distintos sectores. Según la Registraduría, esta medida busca aportar transparencia y control durante las elecciones.

La Registraduría recordó que abandonar la mesa sin justificación puede generar sanciones económicas o disciplinarias.
La Registraduría recordó que abandonar la mesa sin justificación puede generar sanciones económicas o disciplinarias.Crédito: Colprensa

La entidad organiza previamente jornadas de capacitación presenciales y virtuales mediante el Sistema Integral de Capacitación Electoral (SICE). Allí se explica cómo identificar un voto válido, cuándo un sufragio se considera nulo y cómo diligenciar el formulario E-14, documento clave para el preconteo electoral.

Además de recibir el material electoral, los jurados se convierten en la autoridad principal de cada mesa. Son quienes toman decisiones sobre la validez de los votos y quienes verifican el resultado consignado en las actas.

Quiénes están exentos de ser jurados de votación

El Decreto 2241 de 1986 establece excepciones para ciertos grupos de ciudadanos. Entre quienes no pueden ser designados como jurados están los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de la Policía, funcionarios de la jurisdicción Contencioso Administrativa y operadores de telecomunicaciones asignados a la jornada.

También están exentos los candidatos a cargos públicos, sus familiares cercanos y algunos funcionarios que ya cumplen labores logísticas durante el proceso electoral.

Las personas seleccionadas deben revisar si fueron notificadas oficialmente por la Registraduría, ya que la función es de obligatoria aceptación salvo que exista una causal de exoneración contemplada en la ley.

Sanciones para jurados de votación que abandonen la mesa

Una de las dudas frecuentes antes de las elecciones tiene relación con las consecuencias para quienes no se presenten o abandonen la mesa antes de terminar el proceso de votación y escrutinio.

La normativa electoral establece sanciones para quienes incumplan la labor sin presentar una justificación válida. Estas medidas aplican tanto para ciudadanos particulares como para servidores públicos.

En el caso de los funcionarios del Estado, la consecuencia puede ser la destitución del cargo. Esto ocurre cuando el servidor público no asiste a cumplir su función o abandona la mesa durante la jornada electoral sin una causa legalmente aceptada.

Para los ciudadanos que no trabajan en el sector público, la sanción corresponde a una multa de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La obligación del jurado no termina cuando se cierran las urnas. También debe participar en el conteo de votos y en el diligenciamiento de los formularios oficiales hasta concluir completamente el proceso de mesa.

Miles de ciudadanos fueron designados como jurados para las elecciones presidenciales del 31 de mayo en Colombia.
Miles de ciudadanos fueron designados como jurados para las elecciones presidenciales del 31 de mayo en Colombia.Crédito: Colprensa

Cuáles son las causas válidas para no asistir como jurado

El artículo 108 del Código Electoral establece cuáles son las situaciones consideradas como “justa causa” para no asistir o retirarse de la función de jurado de votación.

Entre las causales aceptadas se encuentra una enfermedad grave del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo. También aplica la muerte de alguno de estos familiares el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores.

Otra causal es no residir en el lugar donde fue designado el jurado. Asimismo, se contempla el caso de ciudadanos que se hayan inscrito para votar en otro municipio.

La ley también aclara que los menores de 18 años no pueden ser jurados, salvo algunas disposiciones especiales relacionadas con elecciones de Consejos de Juventud.

Cuando el ciudadano demuestra una causa válida ante las autoridades electorales, puede quedar exonerado de las sanciones previstas por incumplir la función.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un jurado de votación abandona la mesa antes del cierre?

Si un jurado de votación deja su puesto antes de terminar la jornada electoral y no presenta una justificación válida, puede recibir sanciones. Los ciudadanos particulares enfrentan multas de hasta 10 salarios mínimos, mientras que los servidores públicos pueden ser destituidos de su cargo.

¿Cuáles son las excusas válidas para no asistir como jurado de votación?

El Código Electoral acepta causas como enfermedad grave del jurado o de familiares cercanos, muerte de un familiar, vivir en otro municipio o haber inscrito la cédula en otra ciudad. Estas situaciones deben demostrarse ante la Registraduría.

¿Hasta qué hora debe permanecer un jurado de votación en Colombia?

Los jurados de votación deben permanecer en la mesa hasta finalizar el cierre de urnas, el conteo de votos y el diligenciamiento de formularios electorales como el E-14. Su labor termina cuando concluye todo el proceso de escrutinio en la mesa asignada.

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