El Tribunal Supremo garantiza salario íntegro y exención de guardias a médicas en lactancia en Madrid

Redacción
El Tribunal Supremo (TS) ha fijado en una sentencia que las médicas del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) con periodo concedido por lactancia materna tienen derecho a la exención de guardias de 24 horas durante los 12 primeros meses de vida del bebé, así como a seguir percibiendo el complemento de atención continuada durante ese periodo.

Según el fallo, el importe de este complemento deberá calcularse como el promedio mensual de las retribuciones por guardias percibidas en el año anterior al nacimiento, excluyendo los periodos en los que no se haya prestado trabajo.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza así el recurso de casación presentado por la Consejería de Sanidad contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), dictada a raíz de una demanda del Sindicato Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts). La resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma íntegramente el criterio del tribunal autonómico.

Entre los argumentos esgrimidos por el sindicato médico, se señaló que las jornadas que superan las ocho horas diarias y generan estrés o fatiga pueden disminuir la producción de leche materna, dificultar su extracción y aumentar el riesgo de mastitis, lo que compromete de forma significativa la lactancia.

El TS fija para las profesionales de 18 hospitales madrileños el derecho a la exención de guardias de 24 horas durante los 12 primeros meses de vida del bebé y a seguir cobrando el complemento de atención continuada

Por su parte, la Comunidad de Madrid defendió que la exención generalizada de guardias vulneraría los artículos 14, 15, 16 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, al no evaluar los riesgos de cada caso concreto. Sin embargo, el Supremo desestima estos argumentos y fija el derecho a la exención de guardias para las profesionales de 18 hospitales madrileños.

La sentencia subraya que esta medida se adopta «con la finalidad de evitar una discriminación retributiva por razón de sexo« y añade que «las facultativas exentas de guardias médicas por razón de lactancia natural, inherente a su sexo femenino, no deben percibir una retribución inferior a las de los demás médicos del Sermas«.

Tras conocer la resolución, Amyts ha lamentado que, «una vez más«, tenga que ser la Justicia quien obligue a la Administración «a reconocer las justas reivindicaciones del colectivo médico y sus especiales condiciones laborales«. No obstante, el sindicato se ha felicitado por un «triunfo judicial« que refuerza la protección de «la maternidad, la igualdad y la dignidad profesional«.

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